A partir del 1 de junio de 2026, entraron en vigor nuevos requisitos laborales para los miembros de la comunidad que reciben CalFresh. Los adultos deberán realizar actividades laborales o comunitarias, como trabajo voluntario, formación académica o formación profesional, durante al menos 80 horas al mes, salvo que cumplan los requisitos para quedar exentos de dicha obligación.
Si no cumplen con alguna exención o requisito, solo podrán recibir tres meses completos de prestaciones de CalFresh cada tres años. Lee más a continuación o utiliza este cuestionario para comprobar si estás obligado a cumplir con el nuevo requisito laboral.
Una nota antes de empezar: Los requisitos laborales y las exenciones de CalFresh presentan matices. Las preguntas que figuran a continuación pueden ayudarte a comprender si te afecta un requisito laboral o una exención, pero no constituyen una determinación de elegibilidad. Ponte en contacto con tu condado o con tu asistente social de CalFresh para confirmar qué requisitos se aplican en tu caso.
Si has respondido SÍ a alguna de las preguntas anteriores, es posible que el plazo de CalFresh no se te aplique. Ponte en contacto con tu condado o con tu asistente social de CalFresh para confirmar si estás exento y si debes aportar alguna información adicional.
Podrás seguir recibiendo las prestaciones de CalFresh mientras tu situación no cambie. Presenta junto con la solicitud cualquier documento acreditativo necesario para demostrar que cumples la norma de trabajo o la exención aplicable.
Proceso de recertificación: Las personas que pertenezcan a los grupos mencionados anteriormente no experimentarán ningún cambio en su proceso de recertificación. Su periodo de certificación y su calendario de recertificación seguirán siendo los mismos.
Exenciones
Podrás quedar exento de los requisitos de participación en el mercado laboral si cumples alguna de las siguientes condiciones de exención.
Si has respondido SÍ a alguna de las preguntas anteriores, es posible que estés exento de los requisitos laborales o del plazo de CalFresh. Las exenciones pueden requerir información adicional o una verificación. Ponte en contacto con tu condado o con tu asistente social de CalFresh para confirmar si te corresponde alguna exención. Podrás seguir recibiendo las prestaciones de CalFresh mientras tu situación se mantenga igual. Presenta las verificaciones necesarias junto con la solicitud para demostrar que cumples con la norma laboral o que te corresponde la exención aplicable.
Proceso de recertificación: Las personas que cumplan los requisitos para una exención también mantendrán su periodo de certificación y su calendario de recertificación actuales. El único cambio es que deberán acreditar su exención en el momento de la recertificación.
Requisitos de personal
Si no cumples ninguno de los requisitos de exención y tienes entre 16 y 59 años, deberás cumplir un requisito de trabajo para conservar tus prestaciones. Puedes combinar las actividades que se indican a continuación para cumplir el requisito de 80 horas al mes.
Ejemplo:Brenda trabaja 20 horas a la semana y dedica 10 horas a actividades de voluntariado, lo que suma un total de 30 horas a la semana. William asiste a la universidad 15 horas a la semana y trabaja 15 horas a la semana, lo que suma un total de 30 horas a la semana.
Las personas sujetas a este plazo deberán acreditar, en el momento de la recertificación, que cumplen con los requisitos de trabajo y participación en la comunidad. Asimismo, están obligadas a informar siempre que sus horas de trabajo o de participación sean inferiores a 20 horas semanales durante el periodo de certificación.
Proceso de recertificación: El periodo de certificación se mantendrá igual, a menos que dejen de cumplir el requisito de trabajar 20 horas semanales y de participar en actividades comunitarias. Si esto ocurre, se suspenderán sus prestaciones y deberán volver a cumplir los requisitos antes de poder volver a optar a ellas.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que presentar algún documento que acredite la exención?
En muchos casos, basta con una declaración verbal para confirmar que cumples los requisitos para una exención. Tu asistente social puede solicitarte documentación adicional si tiene dudas sobre la información que facilites. Es posible que se te pida que presentes un certificado de un profesional médico o de salud mental si no queda claro qué es lo que afecta a tu capacidad para trabajar al menos 20 horas a la semana.
¿Tengo que presentar algún justificante de mi obligación laboral?
Si no puedes aportar una prueba de ingresos mediante una nómina, deberás presentarla por otros medios. Si trabajas por cuenta propia, puedes acreditar tus horas de trabajo mediante registros de tu actividad, declaraciones por escrito de personas u organizaciones a las que prestas servicios, o bien mediante un contacto de referencia válido.
Si realizas actividades de voluntariado o de servicio comunitario de forma habitual, solo se te pedirá que lo acredites cuando presentes la solicitud por primera vez y cuando renueves tu certificación. Si participas en una actividad puntual de voluntariado o de servicio comunitario, deberás aportar documentación adicional que demuestre cómo piensas seguir cumpliendo el requisito de trabajo una vez finalizada dicha actividad.
¿Qué requisitos adicionales hay que cumplir para cumplir con el requisito relativo a los jóvenes en acogida prolongada?
Para poder optar al acogimiento familiar prolongado (acogimiento familiar entre los 18 y los 21 años), los jóvenes adultos deben cumplir al menos uno de los siguientes requisitos:
- Ir al instituto o a la universidad
- Trabajar al menos 80 horas al mes
- Participar en un programa destinado a reducir las barreras al empleo
- Tienen una afección médica que les impide cumplir los demás requisitos de elegibilidad
Los jóvenes de más edad que se encuentran en el sistema de acogida o que están a punto de abandonarlo, tanto si están bajo la supervisión de los servicios de protección de la infancia como de libertad condicional juvenil, pueden acceder a los Servicios de Vida Independiente a través del Programa de Vida Independiente (ILP) del condado, que les ayuda a prepararse para la vida adulta e incluye la preparación para el empleo y el mantenimiento del mismo. Estos servicios se recogen en el Plan de Transición hacia la Vida Independiente (TILP) del joven.
Las actividades realizadas a través de un ILP o un TILP pueden contabilizarse para cumplir el requisito de trabajo y participación en la comunidad de CalFresh si se ajustan a las definiciones federales de trabajo, educación, formación o actividades de preparación para el empleo admisibles. Las prácticas, los programas de experiencia laboral y las horas dedicadas por los estudiantes que participan a menos de media jornada en un Programa Local para la Mejora de la Empleabilidad (LPIE) también pueden satisfacer el requisito de trabajo y participación en la comunidad de ABAWD.
¿Qué ocurre si, temporalmente, no puedo cumplir con el requisito laboral debido a una enfermedad u otras razones?
La existencia de una causa justificada debe determinarse caso por caso y solo puede concederse por un mes cada vez. Entre las causas justificadas se incluyen, entre otras:
- Enfermedad
- Enfermedad de otro miembro del hogar que requiera tu presencia
- Una emergencia doméstica
- Obtener una exención por dificultades económicas de Medi-Cal
- Declaración de catástrofe
- Falta de medios de transporte
Si se concede la causa justificada, el motivo de la resolución deberá quedar documentado en el expediente de su caso.
¿Qué ocurre si no cumplo los requisitos para una exención, pero no puedo cumplir los requisitos laborales?
Si no cumples los requisitos para una exención y no puedes cumplir el requisito de trabajo, solo podrás recibir prestaciones de CalFresh durante tres meses en un periodo de 36 meses. La persona seguirá sin tener derecho a las prestaciones durante el resto del periodo de 36 meses, a menos que recupere el derecho a CalFresh, cumpla los requisitos para una exención o se traslade a un condado o zona en la que no se aplique esta norma.
¿Puedo volver a recibir las prestaciones después de que me hayan dado de baja?
En determinadas circunstancias, se puede conceder a las personas un periodo adicional de tres meses consecutivos de derecho a CalFresh una vez que hayan agotado sus tres meses computables. Esto solo se aplica a aquellas personas que hayan recuperado el derecho a CalFresh al cumplir el requisito de trabajo y participación en la comunidad durante 30 días naturales consecutivos.